La Marina de Guerra Auxiliar de Euzkadi (1936-37)
Diputación Foral de Guipúzcoa
Gipuzkoakultura
5 de diciembre de 2024

La Marina de Guerra Auxiliar de Euzkadi
(1936-39)

ACUERDO ENTRE EL CONSEJO DE DEFENSA DEL IMPERIO FRANCÉS Y EL CONSEJO NACIONAL VASCO (17 de mayo de 1941)

PREAMBULO

Los representantes de Euzkadi (País Vasco peninsular) y los de la Francia Libre, movidos por sentimientos de simpatía mutua y por consideraciones procedentes del hecho de que sus respectivos países son vecinos, han emprendido desde el mes de noviembre de 1940 y proseguido sin interrupción hasta el día de hoy, conversaciones dirigidas hacia la conclusión de un acuerdo.

Dichos representantes han constatado la dificultad, resultado de circunstancias de orden general, que se oponía a la conclusión rápida de un acuerdo sobre una base política.

Considerando, no obstante, de su interés que ciertas estipulaciones previstas en su proyecto inicial entren inmediatamente en vigor sin perjuicio de que se prosigan las conversaciones, las dos partes han convenido y decidido lo que sigue:

DISPOSITIVO

1. La atención del Consejo de Defensa del Imperio Francés ha sido atraída sobre la situación de los Vascos llegados de España y que se encuentran actualmente en territorio francés, en la cárcel, en campos de concentración y, en general, en situaciones privativas o limitativas de libertad por motivos que no son los de derecho común y por lo tanto no acarrean una condena regular.

Considerando ser de equidad contribuir a la reparación del perjuicio causado a esos Vascos por esta injusta detención, el general De Gaulle, en nombre del Consejo de Defensa, se compromete a poner toda su autoridad y todos sus esfuerzos, en cuanto la recuperación del territorio francés metropolitano y colonial le dé posibilidad de ello, para obtener que sean puestos en libertad los Vascos que se encuentren en esa situación y para ayudarles a recuperar, en Euzkadi, en la América Hispánica, en Francia o en las colonias, protectorados y territorios bajo mandato Francés, condiciones normales de vida.

2. Considerando que bajo reserva de la facultad de apreciación de las autoridades francesas competentes, los Vascos que hayan servido en las Fuerzas Francesas Libres, a título militar o civil, y hayan dado toda satisfacción, habrán adquirido, por ello mismo, un derecho moral a obtener la nacionalidad francesa, el General De Gaulle está dispuesto a favorecer la consecución de las solicitudes presentadas por esas personas. También está dispuesto a intervenir a favor de los Vascos que, no habiendo servido en las Fuerzas Francesas libres, serían recomendados por las Delegaciones Vascas acreditadas, a fin de que las solicitudes que hagan para obtener la nacionalidad francesa sean examinadas con benevolencia.

3. El Consejo de Defensa toma buena nota de que el Consejo de Euzkadi está dispuesto a favorecer el ingreso voluntario de los ciudadanos vascos en las Fuerzas Francesas Libres. Por su lado, tomará todas las medidas útiles y apoyará, si es necesario, las gestiones hechas acerca de autoridades extranjeras a fin de facilitar a los Vascos deseosos de ingresar en las Fuerzas Francesas Libres la obtención de los pasaportes y salvo-conductos que necesiten. La aplicación de este párrafo incumbirá a una comisión integrada por un representante vasco y un representante francés.

4. El Consejo de Defensa está dispuesto a otorgar el beneficio del derecho de asilo a cierto número de Vascos recomendados por la Delegación Vasca acreditada y a tomar todas las medidas necesarias a fin de facilitar el establecimiento de estos elementos en el territorio colonial francés que constituye Francia Libre.

5. El beneficio de las disposiciones incluidas en los párrafos precedentes podrá ser extendido a ciertos elementos no vascos, que se encuentren al servicio del Consejo de Euzkadi y que sean recomendados por éste como particularmente dignos de interés.

6. El Consejo de Defensa toma nota de que el Consejo de Euzkadi está dispuesto a utilizar sus relaciones y su influencia a fin de colaborar en el desarrollo económico de los territorios coloniales franceses que constituyen la Francia Libre, y sobre todo de intensificar los intercambios entre estos territorios por una parte, América Central y América de Sur por otra parte. Por su parte, el Consejo de Defensa se compromete a tomar todas las medidas necesarias a fin de facilitar la actividad de los organismos comerciales vascos que se formen para estos fines. Las modalidades de aplicación del principio establecido en este párrafo harán el objeto de acuerdos elaborados por una comisión compuesta, en número iguales de representantes vascos y franceses, la cual comisión se reunirá en cuanto entre en vigor el presente acuerdo.

7. Los Vascos que vayan a los territorios coloniales que constituyen la Francia Libre, en aplicación de los párrafos precedentes, podrán justificar su identidad mediante documentación otorgada por las Delegaciones Vascas.

8. En la aplicación de los párrafos precedentes, el Consejo de Defensa se atendrá a las Delegaciones Vascas autorizadas en cuanto a determinar la calidad de vascos de los individuos interesados.

9. El Consejo de Defensa toma nota de que el Consejo de Euzkadi está dispuesto a facilitar la tarea de los agentes franceses de información en Francia, en España y en los territorios africanos, sometidos a los dos Estados.

10. Sin prejuzgar las circunstancias que podrían, en cualquier momento, imponer una modificación contractual de los términos del presente acuerdo, los dos Consejos prevén que, en un plazo razonable, reanudarán las conversaciones entre representantes Vascos y Franceses, a fin de examinar si no cabe extender a otros terrenos la colaboración prevista en el presente acuerdo. Mientras tanto, cada una de las dos partes, no tomará ningún compromiso político relativo al país de la otra o a los territorios metropolitanos y coloniales y protectorados de Estado del cual proceda ésta, sin consultar con su co-suscribiente, quedando reservada para una y otra parte la facultad de denunciar inmediatamente el presente acuerdo, en caso de disentimiento.

11. El presente acuerdo tomará efecto a partir del día del cambio de firmas. Quedará vigente en el caso en que una modificación interviniera en el estatuto de una u otra de las dos partes.

Hecho en Londres, el 17 de Mayo de 1941

Por EUZKADIKO BATZAR NAGUSIA
y en nombre de su Presidente,
El Consejero encargado de Asuntos Exteriores
y delegado del Consejo en Londres,

José Ignacio de Lizaso
Por el General de Gaulle,
y el Consejo de Defensa del Imperio Francés,
El Secretario Permanente del Consejo de
Defensa,

Profesor Cassin
 

 

TELEGRAMAS INTERCAMBIADOS COMO INSTRUMENTO DE RATIFICACION DEL ACUERDO

GENERAL DE GAULLE
Envoyé Lundi 26/5
Suite signature accord franco basque suis heureux vous adresser salut cordial vous exprimer espoir notre collaboration contribue defaite ennemis communs triomphe democratie liberation nos pays respectifs.
Signe: Manuel de IRUJO

 

PRESIDENT de IRUJO Reçu Vendredi 30/5
Vous remercie votre salut cordial stop Suis heureux vous adresser le mien stop Collaboration nos deux peuples est un élément important dans lutte contre ennemi commun et pour triomphe libertés nationales dans monde.
Signe: Charles de GAULLE

 

France Libre
Secrétariat Permanent du
Conseil de Défense de l'Empire

4, Carlton Gardens SW.1
Londres, le 30 Mai 1941

Monsieur le Président:

J'ai transmis au Général De Gaulle le télégramme que vous aviez eu l'amabilité de lui envoyer à l'occasion de la signature de l'accorde entre nos Conseils respectifs.
Il m'est agréable de vous transmettre immédiatement la réponse que le général De Gaulle vient d'adresser au quartier général á votre intention:
«Vous remercie votre salut cordial. Je suis heureux de vous adresse le mien. Collaboration nos deux peuples est un élément important dans la lutte contre l'ennemi commun et pour le triomphe des libertés nationales dans le monde. Signé: Charles De Gaulle».
Je profite de cette occasion pour vous exprimer avec quelle joie, en ami fidèle des populations basques, j’ai apposé ma signature, au nom du Général et du Conseil de Défense, au bas de l'Accord du 17 Mai.
Veuillez agréer, je vous prie, Monsieur le Président, l'assurance de ma haute considération.

René CASSIN

M. Manuel de Irujo.



Président Conseil Euzkadi.

 

 

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